Después de 20 años, Puerto Rico introducirá un nuevo formato de etiquetado de información nutricional en los envases de los productos alimentarios.
El Vino son miles de matices de la tierra, sol alumbrando su color, esencias, sabores, la recompensa de una cosecha. Embaucado en madera o simplemente vestido de platino, es majestuoso, un arte realzando la tierra. Arte de muchos artes, tradición, pasión, invadiendo nuestros paladares. El vino te hace cerrar los ojos, para contemplar los sentidos. Fundirse en unos labios, con su sabor y olor, dejar huella instigadora, triunfando por su esencia.
© Mar Galván
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viernes, 7 de febrero de 2014
martes, 28 de enero de 2014
NOTA INFORMATIVA SOBRE REQUISITOS DE IMPORTACIÓN DE VINOS Y OTRAS BEBIDAS ALCOHOLICAS EN EEUU
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OFICINA
ECONÓMICA Y COMERCIAL
DE ESPAÑA
INTRODUCCIÓN
En EEUU, se considera bebida
alcohólica aquella que tiene un contenido alcohólico superior al 0.5% en volumen.
Sin embargo, la normativa aplicable varía según se trate de una bebida1 con un contenido alcohólico
mayor o menor al 7%. En su control y regulación intervienen diversas
administraciones y organismos o agencias, tanto de carácter federal como
estatal. Las agencias federales son responsables de verificar el cumplimiento
por parte de los agentes (importadores y mayoristas) de requisitos relacionados
con permisos y licencias, aprobación de etiquetas, aprobación y delimitación de
denominaciones de origen.
Asimismo son responsables de
velar por que los productos cumplan con los correspondientes requisitos de calidad
sanitaria y comercial.
Por su parte, los estados y
condados, regulan aspectos relacionados con la fiscalidad y la puesta en el mercado,
afectando más directamente a las figuras de distribuidor, detallista, local de
venta, publicidad, promoción, degustaciones, etc. Especialmente llamativo es la
existencia de diferentes regímenes de comercio, según los estados, los cuales
pueden variar desde un régimen de libertad comercial hasta un estricto régimen
de monopolio estatal, en el que el estado monopoliza tanto la compra como la
venta a nivel mayorista de vinos y bebidas espirituosas.
La coexistencia de normativa
federal junto con diversas normativas estatales, hace que la primera comercialización
de una bebida alcohólica resulte algo más compleja que la de otros productos.
Por eso es importante conocer bien la legislación de aplicación antes de
iniciar un proceso exportador. Esta nota se refiere exclusivamente a la
normativa federal que con carácter general afecta a las bebidas alcohólicas, siendo
conveniente que el exportador verifique con ayuda de su importador, la
legislación estatal que puede ser aplicable según el estado donde se vaya a
comercializar la bebida.
2.
LEGISLACIÓN FEDERAL SOBRE BEBIDAS ALCOHÓLICAS:
La principal disposición
federal sobre bebidas alcohólicas, es la Federal Alcohol Administration Acty
sus regulaciones de desarrollo, contenidas en el Título 27 del Code of Federal
Regulations (CFR): http://www.ecfr.gov/cgi-bin/text-idx?c=ecfr&tpl=%2Findex.tpl
El Alcohol and Tobacco Tax
and Trade Bureau (TTB) es la agencia federal que vela por el cumplimiento de lo
dispuesto en el citado 27CFR, para el caso de bebidas con graduación alcohólica
superior a 7% en volumen.
lunes, 13 de enero de 2014
Los grandes vinos italianos podrán utilizar tapones alternativos al corcho
Los productores italianos de vinos con Denominación de Origen Controlada Garantizada (Denominazione di Origine Controllata e Garantita, DOCG) han visto finalmente reconocida –después de diez años- la facultad de emplear los tapones de rosca en sus botellas.
El Decreto de 16 septiembre de 2013 (‘Gazzetta Nº 224’) del Ministerio de Políticas Agrícolas, Alimentarias y Forestales modifica la normativa europea sobre etiquetado y envasado de vinos con denominación -Reglamentos (CE) 1234/2007 y 607/2009-, que establece la obligación de uso exclusivo de tapones de corcho para los vinos con DOCG.
miércoles, 11 de diciembre de 2013
ASAMBLEA GENERAL DE CECRV
Consejos Reguladores de toda España se dieron cita en Madrid para
participar en la segunda Asamblea General de CECRV del presente año.
LA
PROTECCIÓN DE LAS D.O. EN MERCADOS INTERNACIONALES Y EL DESARROLLO NORMATIVO DE LA NUEVA
PAC, ENTRE LOS PRINCIPALES ASUNTOS ABORDADOS
La Conferencia Española de Consejos
Reguladores Vitivinícolas (CECRV) celebró el viernes 29 de noviembre en Madrid
su segunda Asamblea General del año. A ella acudieron los presidentes y
secretarios generales de más de una treintena de Consejos Reguladores de toda
España. La reunión se cerró con la intervención del Sr. Fernando J. Burgaz,
Director General de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente, quien clausuró la reunión, agradeciendo a los
consejos reguladores su voluntad de colaboración con el Ministerio. En la reunión intervino también la Sra. Gema
Hernández, Jefa de Área de Vitivinicultura de la Subdirección General de Frutas
y Hortalizas, Aceite de Oliva y Vitivinicultura del MAGRAMA, para informar
sobre las principales novedades de la nueva PAC, sobre las negociaciones en
curso para su desarrollo normativo y sobre las bases del sistema de
autorizaciones para las nuevas plantaciones de viñedo.
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